TESTIMONIO: VISTO: El ofrecimiento de donación efectuado por Lucía del Valle Luna de Salvatierra, y CONSIDERANDO: Que con tal ofrecimiento se inicia el Expedien- te Nº 4361 - Letra B - Año 1998. Que en el citado Expediente obra agregada foto- copia del título de propiedad del inmueble ofrecido, designado ca- tastralmente como: Circ. 1 - Secc. D - Mz. 8b - Parc. 19 - Partida inmobiliaria Nº 19011 - Partida Municipal Nº 6291/75 -3. Que asimismo obran agregados certificados de dominio e inhibiciones donde consta la titularidad del inmueble a nombre de los oferentes, y que los mismos no tienen impedimento de donar. Que el Señor Leopoldo Salvatierra, condómino del bien, ratifica el ofrecimiento. Que la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 57º, establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien acepta o rechaza las donaciones o legados. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 217/00 ------------------------------- ARTICULO 1.- Acéptase la donación del inmueble ubicado en calle 24 y ------------ 105 de Balcarce, con una superficie de 241 mts. 30 dms. cuadrados, designado catastralmente como Circ. I - Secc. D - Mz. 8b- Parcela 19 - Partida Inmobiliaria Nº 19011 - Partida Municipal Nº 6291/75-3, inscripción de dominio en la Matrícula Nº 4328 de Balcar- ce (08), efectuada por los Señores Leopoldo Salvatierra y Lucía del Valle Luna de Salvatierra.------------------------------------------ ARTICULO 2.- Declárase de Interés Social en los términos del Artícu- ------------ lo 4º, inciso d), Ley 10830, la escritura traslativa de dominio a favor de la Municipalidad de Balcarce del inmueble donado, de acuerdo con el Artículo 1º.-------------------------------------- ARTICULO 3.- Condónase la deuda municipal que dicho terreno tiene ------------ con el Municipio.-------------------------------------- ARTICULO 4.- Solicítase a la Autoridad de Aplicación Provincial, se ------------ condone la deuda del inmueble, en concepto de impuesto inmobiliario y otros tributos provinciales de acuerdo con lo esta- blecido en la Ley Provincial Nº 11.622 y su Decreto Reglamentario Nº 4042/96.------------------------------------------------------------ ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------------------------------------------------------